SCJN

SCJN resuelve que son inconstitucionales revisiones discrecionales del INM

La Corte declaró inconstitucionales los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración del año 2011 que facultan al Instituto Nacional de Migración realizar revisiones en cualquier momento.

Migrantes en México.
Migrantes en México.Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

La SCJN declaró inconstitucionales los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración del año 2011 que facultan al Instituto Nacional de Migración (INM) realizar revisiones en cualquier momento y en cualquier parte del país.

La Primera Sala del Alto Tribunal determinó que dichos artículos son doblemente inconstitucionales, ya que, por una parte, permiten a la autoridad aplicar revisiones prácticamente discrecionales y, por la otra, pueden generar discriminación contra mexicanos por su apariencia física u otras características.

En su proyecto de resolución, el cual fue aprobado por mayoría, la ministra Margarita Ríos Farjat, argumentó que la norma permite categorizar a cualquier persona, sin importar si es mexicana o no, como migrante a partir de perfiles subjetivos como son el color de piel, raza, forma de hablar, origen étnico o idioma, lo cual es contrario al derecho a la igualdad y no discriminación.

Asimismo, destacó que el hecho de que la Ley de Migración prevea una revisión migratoria que puede ser aplicada a cualquier persona, en cualquier parte del territorio nacional y en cualquier momento, hace prácticamente nugatorio el ejercicio del derecho a la libertad personal deambulatoria y de tránsito que instituyó el Poder Constituyente.

Ante ello, los ministros concedieron el amparo a tres indígenas tzeltales originarios de Ocosingo, Chiapas, quienes fueron detenidos en el 2015 por agentes del INM en Querétaro, cuando viajaban a Sonora para trabajar como jornaleros agrícolas.

Estas personas pasaron una semana detenidas en una estación migratoria, pese a que habían acreditado ser ciudadanos mexicanos con sus credenciales para votar; no obstante, los agentes migratorios sospecharon que las credenciales eran falsas y que los indígenas eran guatemaltecos, porque no dominaban el español.

Mientras el Congreso de la Unión no legisle para derogar dichos artículos, el INM los podrá seguir aplicando.