POLÍTICA

TEPJF revoca acuerdo de la Cámara de Diputados para proceso de selección de consejerías del INE

La Sala Superior del Tribunal ordenó a la Cámara Baja modificar el acuerdo para adecuarlo a lo que establece la Constitución.

TEPJF revoca acuerdo de diputados para convocatoria de elección de nuevos consejeros del INE.
TEPJF revoca acuerdo de diputados para convocatoria de elección de nuevos consejeros del INE.Créditos: Cuartoscuro
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo de la Junta de Coordinación de Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados respecto a la designación del Comité Técnico de Evaluación y de la convocatoria para el proceso de selección de cuatro consejerías del Instituto Nacional Electoral (INE), incluyendo la presidencia.

Por mayoría de cuatro votos, los magistrados consideraron fundados los agravios de dos de las aspirantes, al determinar que el procedimiento es inconstitucional, además de que no se hace una diferenciación para la elección de las consejerías y de la presidencia del INE y no se establecen reglas claras para garantizar la paridad de género.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, explicó que la inconstitucionalidad del acuerdo radica en el hecho de que la Constitución no establece la obligación de que el Comité Técnico Evaluador entregue dos informes a la Jucopo sobre el cumplimiento de requisitos formales y de las personas mejor calificadas para conformar las quintetas respectivas.

Sostuvo que el proceso de designación de las consejeras y consejeros del INE es uno de los actos más relevantes y definitorios de la democracia, motivo por el cual debe ser puntual, transparente y ceñirse a las reglas diseñadas por la Carta Magna.

“La legitimidad del órgano electoral es piedra fundamental para el desarrollo democrático de nuestro país y para la existencia de elecciones ciudadanas libres. El pronunciamiento que se hace en la propuesta que someto a su atenta consideración no tiene un ánimo injerencista o arbitrario, sólo se sustenta en la importancia de coadyuvar a que se cumplan los principios y normas constitucionales. Sólo así se asegura que el Instituto Nacional Electoral siga siendo el organismo garante de las elecciones y en vía de consecuencia de una democracia pacífica, armónica y boyante para nuestro país”.

Tras asegurar que en este asunto hay una “excesiva intromisión” de la Jucopo, la magistrada Janine Otálora Malassis, destacó que con esta resolución se da certeza al proceso.

“Con estas modificaciones que se proponen en el proyecto a la convocatoria aquí impugnada, considero que se dota a este proceso tan importante en la vida democrática de México de certeza, de certeza para la ciudadanía que tenga interés en participar en estas candidaturas para ser consejeras y consejeros electorales del Instituto Nacional Electoral, pero también un principio de certeza que es fundamental, primero para toda la sociedad, es decir, de saber cuáles son las reglas por una parte, en las cuales se van a designar a estas personas”.

La Sala Superior del TEPJF ordenó a la Cámara Baja modificar el acuerdo para adecuarlo a lo que establece la Constitución federal, en lo que se refiere a las obligaciones del Comité Técnico.

También deberá definir con claridad los mecanismos de paridad que serán implementados para la conformación de las quintetas y para la designación de las personas integrantes del Consejo General y precisar que tres quintetas corresponderán a consejerías electorales y una para la consejera o consejero presidente del INE.

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