INE aprueba criterios para garantizar paridad de género en comicios del próximo año

De esta forma, los partidos políticos deberán postular al menos a tres mujeres como candidatas a gobernadoras, para lo cual se considerarán tanto las candidaturas que postulen en lo individual como en coalición o en candidatura común.

El consejero Jaime Rivera propuso posponer la discusión de este tema y establecer un diálogo con las fuerzas partidistas / Foto: Cuartoscuro
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En votación dividida de siete votos a favor y cuatro en contra; el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los criterios para garantizar la paridad de género en las elecciones que se realizarán en el 2022 en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, donde se renovarán las gubernaturas.

De esta forma, los partidos políticos deberán postular al menos a tres mujeres como candidatas a gobernadoras, para lo cual se considerarán tanto las candidaturas que postulen en lo individual como en coalición o en candidatura común.

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INE tiene la obligación de garantizar el ejercicio de la paridad de género

La consejera Carla Humphrey Jordán afirmó que ante la omisión en que han incurrido el Congreso de la Unión y las legislaturas locales para emitir las reglas; el INE tiene la obligación de crear las condiciones para garantizar el ejercicio de la paridad de género.

"La paridad de género es un principio constitucional fundamental del Estado mexicano, en su calidad de derecho humano, su ejercicio es inmediato y no puede postergarse por falta de regulación secundaria, razón por la cual este instituto tiene la obligación constitucional y convencional de crear las condiciones jurídicas y fácticas necesarias para su ejercicio".

Jaime Rivera propuso posponer la discusión de este tema

Por su parte, el consejero Jaime Rivera propuso posponer la discusión de este tema y establecer un diálogo con las fuerzas partidistas, ello con el fin de no afectar los plazos y las reglas con las cuales toman sus decisiones para la selección de sus candidaturas.

"Pensemos que, si se establecieran unilateralmente algunas decisiones en esta materia, en la práctica se estaría propiciando que en los partidos se sustituya o se haga muy difícil cumplir procesos básicos de competencia interna, democrática para la selección de candidaturas".

Si algún partido político no cumple con lo establecido, será requerido por el OPL para que, en un plazo de 48 horas, realice la sustitución pertinente para cumplir con el principio de paridad. Una vez transcurrido el plazo señalado sin que el partido político, coalición o candidatura común haya realizado el cambio requerido, se le negará el registro y perderá el derecho de postular candidatura en la o las entidades respectivas.