Involucrados en atención de información no acuden a instalaciones fisicamente: SSa

La Secretaría de Salud aclaró que dicha actividad no es esencial para la atención de la emergencia sanitaria por Covid 19, por lo que solicitó al INAI “la suspensión de plazos”.

SSa explicó que a pesar de que el INAI le comunicó que el 25 de mayo se reanudaría los plazos, esto podría implicar un riesgo para los trabajadores, al tener que acudir a las instalaciones / Ilustrativa
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La Secretaría de Salud reconoció que los involucrados en la atención de solicitudes de información "no acuden a las instalaciones de manera física, derivado de que dicha actividad no es esencial para la atención de la emergencia sanitaria por Covid 19, por lo que solicitó al INAI "la suspensión de plazos".

En un comunicado, explicó que a pesar de que el INAI le comunicó que el 25 de mayo se reanudaría los plazos, la Secretaría de Salud le respondió que "la búsqueda, localización, recolección o cualquier otro procedimiento para la obtención de la información solicitada, podría implicar un riesgo para los trabajadores, al tener que acudir a las instalaciones del sujeto obligado, con los consecuentes peligros que su exposición pudiere implicar para su salud".

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De acuerdo con la Secretaría el INAI "respaldó la preocupación externada al coincidir en que no es necesaria la asistencia física de personal no esencial, así como la gestión material de documentos para dar respuesta a las solicitudes; ya que en muchos casos la información se encuentra publicada en sitios de internet, o bien consiste en bases de datos resguardadas en formatos digitales o en archivos electrónicos".

Por último, la Secretaría de Salud señaló que si bien busca garantizar el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de sus unidades administrativas y órganos desconcentrados, bajo los principios establecidos en la Constitución, en estos momentos aún no concluye la Jornada Nacional de Sana Distancia y no puede poner en riesgo a sus trabajadores.