TFJA valida crédito fiscal de 3 mmdp contra empresa

Además, determinó un reparto adicional de utilidades a favor de los trabajadores por un monto de 51 millones de pesos.

Escrito en NACIONAL el

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) validó el crédito fiscal por 3 mil 279 millones de pesos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le impuso a la empresa Hergo Soluciones Empresariales por concepto de Impuesto sobre la Renta, Empresarial a Tasa Única, Valor Agregado, recargos y multas correspondiente al ejercicio fiscal 2010.

Además, determinó un reparto adicional de utilidades a favor de los trabajadores por un monto de 51 millones de pesos.

Por unanimidad, la Segunda Sección de la Sala Superior del TFJA aprobó el proyecto de resolución del magistrado Víctor Martín Orduña Muñoz, quien propuso declarar infundados los 26 conceptos de impugnación que presentó la empresa.

Información relacionada: Niegan a Gutiérrez de la Torre suspender conferencias de la FGJ-CDMX

"Fue legal que la autoridad fiscal le determinara a la actora, presuntivamente, Impuesto sobre la Renta por el pago de sueldos y salarios en su carácter de retenedor, tomando en consideración la información que le proporcionó el Instituto Mexicano del Seguro Social, toda vez que la contribuyente no proporcionó la información y documentación que le fue solicitada mediante acta parcial de inicio, relacionada con las operaciones que realizó durante el ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, razón por la cual, válidamente la demandada consideró la información aportada por el mencionado instituto, la cual le fue dada a conocer a la actora y sin que ésta aportara prueba alguna con la cual acreditara que había cumplido con sus obligaciones como retenedor del impuesto".

Del mismo modo, los magistrados determinaron que la empresa no logró acreditar el origen de los depósitos que se realizaron en sus cuentas bancarias, de acuerdo con la información que proporcionó la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).