El dinero del Chapo para su Halloween

El gobierno americano, también puede tratar de confiscar los bienes, mediante la presentación de una demanda civil, buscando asegurar éstos.

Escrito en OPINIÓN el

Hemos venido leyendo que el famoso delincuente Joaquín Archivaldo Guzman Loera, conocido como "El Chapo" ha manifestado que desea que su dinero se reparta entre los pueblos indígenas de México y que el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador está de acuerdo; también se ha publicado que el Senado de la República está buscando la manera de crear, dentro de las estructuras gubernamentales mexicana y norteamericana, una comisión binacional para negociar la repatriación de bienes y recursos decomisados al Chapo; y también leíamos que Trump quería usar el dinero del Chapo para construir su muro. De ahí que, derivado de una detallada revisión y estudio de la ley federal aplicable en los Estados Unidos, al respecto y encontré que lo anterior es posible y que "El Chapo" no está soñando o equivocado, por lo siguiente:

La Ley Federal de los Estados Unidos otorga facultades a sus Autoridades para decomisar propiedades de personas que han sido condenadas por delitos federales graves, incluyendo el tráfico de drogas, el tráfico de personas, el fraude, el lavado de dinero, el crimen organizado y el terrorismo. En los casos penales -como el que nos ocupa con El Chapo– que permiten decomisar bienes, los fiscales federales primero deben demostrar que el acusado obtuvo la propiedad de cualquier bien incautado, como resultado de una actividad ilegal. Estas leyes penales federales que autorizan el decomiso están diseñadas no solo para castigar al acusado, sino entre otras cosas tienen como objetivo reducir las ganancias de la actividad criminal y al mismo tiempo generar recursos para las Agencias Federales dedicadas a combatir la delincuencia. La mayoría de los Estados de la Unión Americana, también tienen leyes, además de las federales, que permiten a las agencias policiales y fiscales estatales decomisar bienes ganados o utilizados en actividades delictivas.

  • Badiraguato, Sinaloa / Foto: Cuartoscuro

Si un fiscal federal sabe de la existencia de bienes que pudieran estar sujetos a ser embargados o decomisados, el fiscal podrá incautar los bienes utilizados o productos del delito junto con el acusado. En la propia acusación, se le notifica al acusado de la intención del gobierno de decomisar sus propiedades y dinero, aunque no tenga conocimiento preciso de la ubicación de éstos.

En el caso penal federal contra Joaquín Archivaldo Guzmán Lorea, el gobierno de los Estados Unidos de América acusó a El Chapo de diecisiete cargos, alegando que el acusado conspiró y estuvo involucrado en delitos de manera continua importando y distribuyendo drogas de manera ilegal a los Estados Unidos de América. La acusación también incluyó una notificación, de acuerdo con las leyes federales para el decomiso penal, conocidas como 18 U.S.C. \u00a7 982 y 21 U.S.C. \u00a7\u00a7 853 y 970, de que el gobierno tenía la intención de decomisar todos los bienes derivados del producto de las presuntas actividades delictivas del acusado que ascendían en esa fecha a más de $12 mil millones de dólares. El 17 de julio de 2019, el juez federal Brian Cogan firmó una orden de decomiso, que se convirtió en parte integral del expediente de la sentencia en contra de El Chapo, en la que se ordenó al procesado a entregar a los Estados Unidos de América la cantidad de $12,666,191,704.00USD (la "orden de decomiso").

  • Badiraguato, Sinaloa / Foto: Cuartoscuro

Debido a que esta orden de decomiso no se ha cumplido en los términos ordenados, el Procurador General de los Estados Unidos está ahora autorizado a realizar las indagaciones necesarias para localizar cualquier propiedad en cualquier lugar del mundo para satisfacer la orden de decomisar dinero y propiedades de El Chapo.

Una vez que el acusado sea condenado y se hubiere tomado la determinación de que las propiedades que hubieren sido identificadas de manera general en la acusación, serán decomisadas porque son producto de actividades delictivas, donde el Fiscal Federal debe publicar una lista, identificando específicamente las propiedades o bienes que serán decomisados y deberá permitir a que terceros que argumenten tener interés sobre los bienes a decomisar y tengan derecho a objetar el procedimiento de decomiso. Esto permitirá que terceros con un interés en los bienes comparezcan en una audiencia auxiliar y se opongan a la orden de decomiso. Los interesados que objeten y se opongan a que se decomise deberán presentar pruebas demostrando que los bienes sujetos al embargo y decomiso, no estuvieron involucrados en los delitos ni tampoco fueron utilizados con fines ilegales. Así, los terceros que resulten propietarios o dueños de los bienes incautados, embargados o sujetos a decomiso, esto es, los "bienes inocentes", que puedan probar que no dieron su consentimiento para el uso ilegal de dichos bienes, o puedan demostrar que no tenían ningún conocimiento de ello, podrán objetar y recuperar se les entregue los bienes que se pretenden decomisar. Después de escuchar las objeciones que presenten éstos terceros, el Juzgado Federal podrá emitir una orden final de decomiso que permitirá la transferencia de la propiedad al gobierno o a terceros.

  • Badiraguato, Sinaloa / Foto: Cuartoscuro

Se establece claramente en el procedimiento de decomiso de bienes, que el Fiscal General de los Estados Unidos tiene facultades y podrá transferir los bienes decomisados a un país extranjero que haya asistido directa o indirectamente en el procedimiento de decomiso de activos o propiedades.

El gobierno americano, también puede tratar de confiscar los bienes, mediante la presentación de una demanda civil, buscando asegurar éstos. En el procedimiento civil de confiscación el gobierno debe de probar que los bienes de alguna manera están relacionados con la comisión de un delito.

Asuntos de procedimientos recientes de confiscación civil:

  • En 2018, un tribunal de distrito federal de Nueva York ordenó se decomisara más de $143 millones en activos, incluidos fondos de cuentas, divisas, automóviles de lujo, joyas y arte, de un acusado, ahora fallecido, condenado por fraude y obstrucción de la justicia. El acusado murió mientras su caso penal estaba en apelación y, como resultado, su condena penal y sentencia fueron anuladas. No obstante, los bienes incautados del acusado permanecieron embargados porque el gobierno había presentado previamente una demanda civil para decomisar bienes, por lo que el gobierno pudo procesar con éxito contra los bienes incautados. La demanda civil prosigue no obstante el acusado haya muerto.
  • En 2017, el juzgado de distrito federal de Nueva York confiscó un edificio de oficinas de 36 pisos en Manhattan con valor de más de $500 millones, y otras propiedades inmobiliarias y cuentas bancarias embargadas por el gobierno por haberse violado la prohibición de tener relaciones comerciales con Irán. Este decomiso civil fue el mayor en la historia de lucha contra el terrorismo.

  • Badiraguato, Sinaloa / Foto: Cuartoscuro

Vemos pues, que, si el gobierno mexicano tuviere interés, haciendo valer su interés jurídico en beneficio de la nación mexicana, pudiera lograr que en lugar a que el dinero de El Chapo se lo queden los norteamericanos para construir su dichoso muro, los bienes y el dinero, se pueda usar en beneficio social en México, mediante la institución del Gobierno "Para Devolver al Pueblo lo Robado" y así construir casas, escuelas y hospitales entre los pueblos indígenas en México.

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