Diputados de BC presentan acción de inconstitucionalidad por Ley del Agua

La nueva "Ley del Agua", que municipaliza los organismos operadores, es considerado inaceptable por los diputados.

Llave de agua / Pixabay
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Diputados integrantes de la XXIII Legislatura de Baja California, que votaron en contra de la “Ley del agua”, realizaron este 31 de julio la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Es una nueva “Ley del Agua”, que municipaliza los organismos operadores, lo cual es considerado inaceptable por los diputados, por ello se busca dejar sin efecto dicha medida.

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Esta iniciativa fue aprobada el pasado 27 del presente por mayoría simple en el Congreso local y publicada en el Periódico Oficial del Estado el 29 de julio.

La gobernadora electa de la entidad, Marina del Pilar Ávila Olmeda, manifestó su desacuerdo con la nueva ley, y advirtió que se buscarán los mecanismos necesarios para dar marcha atrás a la reforma que municipaliza parte de los servicios de agua que actualmente recaen en el Estado.

Dijo que "hay muchas posibilidades de que la reforma se caiga" haciendo referencia a la iniciativa que fue avalada por la mayoría de los diputados salientes.

Asimismo, es evidente, han dicho los legisladores, que se violaron procedimientos legislativos elementales y diversos preceptos legales, pues de acuerdo con el Artículo 30 de la Constitución del Estado, los Ayuntamientos debieron ser citados con 5 días de anticipación para participar en la Comisión, cuando no sucedió de esa manera.

Informan que se presentaron irregularidades en los tiempos de notificación de los legisladores así como en la sesión de la comisión en donde se abordó la iniciativa sin tener el quórum correspondiente.

Los legisladores inconformes mencionaron que cada vez son más las resoluciones en donde los ministros de la Corte suspenden acciones de los Congresos Estatales al realizarse indebidamente los procedimientos, de acuerdo con lo declarado con los diputados denunciantes.

En consecuencia el citado recurso legal se tramita en forma exclusiva ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y a través de este se denuncia la contradicción entre la Constitución y la iniciativa.

Las acciones de inconstitucionalidad son sujetas de ser presentas por los legisladores locales, conforme al artículo 105 de la Carta Magna; incluso por quienes integren una minoría de al menos el 33% del total de quienes votaron la norma impugnada.