LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR

Ley de Publicidad Exterior: Avanza iniciativa en comisiones del Congreso capitalino

La propuesta de la diputada por el PAN, Gabriela Salido, se modificó el artículo 4 de la fracción VII incluyendo el término de ‘Autosoportado’.

Avanza reforma sobre Ley de Publicidad Exterior.
Avanza reforma sobre Ley de Publicidad Exterior.Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

La iniciativa de Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, suscrita por la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum y remitida al Congreso capitalino el pasado 11 de mayo, este viernes fue aprobada por la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana.

En sesión virtual, el diputado por el PRD, Víctor Hubo Lobo Román, quien preside la comisión dictaminadora, recordó que el proyecto tiene la finalidad de regular la instalación, distribución, mantenimiento, permanencia y retiro de los medios publicitarios en el espacio público o en cualquier otro bien visible desde el exterior.

Asimismo, el legislador informó que la propuesta de la diputada por el PAN, Gabriela Salido, se modificó el artículo 4 de la fracción VII incluyendo el término de ‘Autosoportado’.

Además, refirió que se incluyó la definición de “equipamiento auxiliar de transporte”, como el espacio donde se ubicaría el anuncio publicitario en el transporte público de pasajeros y, finalmente la definición de “espacio público”.

De igual manera, el legislador dijo que planteó la modificación al artículo 7, relativo a las “atribuciones de la Secretaría”, relativa a la determinación de los “corredores publicitarios”, al igual que el artículo 15, referente a la prohibición de algunos medios publicitarios.

Otra de las modificaciones fue la del artículo 38 sobre “la instalación de medios publicitarios denominativos de una superficie mayor a los 5 metros cuadrados se deberá obtener licencia ante la alcaldía”.

Tras recibir el aval, el dictamen se remitirá a la Mesa Directiva del Congreso, para ser discutido en sesión ordinaria del pleno.

De acuerdo con autoridades capitalinas, uno de los puntos centrales es la prohibición de los anuncios espectaculares en las azoteas, que si bien no es una nueva restricción, se dota a las autoridades de los instrumentos para poder bajar estos anuncios espectaculares, además de que se da un plazo no prorrogable de un año para bajar los anuncios y cuyo incumplimiento acarreará sanciones económicas-administrativas.

Cabe recordar que en la Ciudad de México, la actual administración heredó la existencia de más de mil 200 anuncios de azotea (prohibidos desde 2010), 350 de los cuales se consideraron de alto riesgo.