La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los cómputos distritales de la elección presidencial, en la que Claudia Sheinbaum Pardo obtuvo el triunfo con cerca de 36 millones de votos y rechazó la propuesta para anular más de 11 mil votos.
Por mayoría de cuatro votos, el órgano jurisdiccional consideró infundados e inoperantes los argumentos vertidos por el PRD, el PAN y Movimiento Ciudadano, entre los que destacan la intervención del crimen organizado y del presidente Andrés Manuel López Obrador, así como la integración indebida de casillas.
En sus proyectos de resolución, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso anular 11 mil 248 votos de diversas casillas de Baja California, Campeche, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Sonora, Veracruz y Zacatecas porque participaron personas que no corresponden al listado nominal o a la sección electoral.
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“La distribución de este número de votos que propongo se deben anular, 11 mil 248, es en un número limitado de casillas, si consideramos el territorio nacional, en un universo de más de 170 mil casillas instaladas, por lo tanto, pues estamos hablando de hechos aislados que no afectan sustancialmente el resultado numérico de la elección, en una jornada electoral que se desarrolló de manera ejemplar”.
Por su parte el magistrado Felipe Fuentes Barrera se pronunció en contra, toda vez que el PRD no aportó los datos de las personas que integraron de forma indebida las casillas, por lo que dejó en claro que el TEPJF debe evitar que con argumentos genéricos se prive de eficacia a la elección.
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“Considero justificado evitar que, a través de argumentos genéricos y sin sustento, se prive de eficacia a una votación porque una decisión de ese tipo conlleva implícitamente dejar de lado el gran esfuerzo y trabajo que la ciudadanía lleva a cabo el día de la elección, así como la voluntad plasmada en el sufragio, es decir, en asuntos como el que ahora nos ocupa, es preciso siempre sobreponer el derecho y el valor del voto ciudadano frente a la pretensión de anular el resultado ante la falta de una impugnación adecuada”.
En tanto, la presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, aseveró que la resolución de estos asuntos no se debe realizar con el sentido común.
“No coincido que se trate de resolver con sentido común, sino con un sentido legal; tienen que aportarse, por parte de los partidos políticos que impugnan, nombre, apellido y el número de casilla y demás datos que se requieran para la inmediata y certera identificación de la persona que están impugnando por haberse desempeñado como funcionaria o funcionario de casilla”.
El próximo lunes 12 de agosto se llevará a cabo la sesión en la que se resolverá el dictamen sobre la nulidad de la elección presidencial, mientras que el miércoles 14 se validará la elección presidencial y el jueves 15 de agosto se le entregará la constancia de mayoría a Sheinbaum Pardo.