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Justifica FGJ-CDMX prisión preventiva oficiosa

La institución se sumó a la defensa de la prisión preventiva oficiosa tal y como lo ha hecho el gobierno federal.

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Imagen ilustrativa. Créditos: Pexels
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La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México consideró que la prisión preventiva oficiosa es una medida para garantizar la no repetición de los actos que atienden contra las personas o el interés público y añadió que está, es un medio para lograr la procuración y administración de justicia de las víctimas directas e indirectas de los delitos.

A través de un comunicado, la institución se sumó a la defensa de la prisión preventiva oficiosa tal y como lo ha hecho el gobierno federal.

Explicó que los argumentos que se utilizan para decretar la invalidez de la procedencia de la prisión preventiva oficiosa se basan en posturas irreductibles, en las que no se permite posibilidad alguna de estimar que se están cumpliendo los principios y las características del sistema de justicia, incluso señaló que el argumento utilizado refiere que 40.8% de las personas recluidas no cuentan con una sentencia, sin embargo no desglosa tipo de delitos, recursos promovidos o tiempo de internamiento.

Al mostrarse de esa manera, se busca sustentar que se abusa de la prisión preventiva de índole oficiosa y que el sistema actual no funciona, aunque al no particularizar los casos, efectivamente se da una opinión sesgada para afirmar que un alto número de personas están en reclusión e injustamente no han sido sentenciadas, cuando ello obedece a factores diversos.

Incluso recuerda que el artículo 19 de la Constitución señala que procederá prisión preventiva oficiosa en los delitos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, entre otros.

Por tanto, las conductas descritas en los delitos graves a los que se les puede aplicar la prisión preventiva oficiosa “han sido el dique que ha impedido que nuestro país deje atrás el lastre de violencia, corrupción e impunidad que evita que la sociedad mexicana avance en la consolidación de una cultura de la paz, legalidad y rendición de cuentas”.