VAPEADORES

Juez rechaza suspender decreto que prohíbe comercialización de vapeadores

La juzgadora determinó que resulta improcedente conceder la medida cautelar, “pues la sociedad resulta interesada en evitar la exposición del sector de población más vulnerable".

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Imagen ilustrativa Créditos: Pixabay
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Una juez de distrito rechazó suspender el decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización de los vapeadores, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas, toda vez que ello vulneraría el derecho a la salud de la población.

La impartidora de justicia le negó la medida cautelar a la empresa Smokiguru, la cual solicitó la suspensión provisional para que se impidan los efectos y consecuencias del decreto en su esfera jurídica y se continúe aplicando el régimen jurídico en que se encontraba, previo a la entrada en vigor del decreto.

No obstante, la juzgadora determinó que resulta improcedente conceder la medida cautelar, “pues la sociedad resulta interesada en evitar la exposición del sector de población más vulnerable, a productos novedosos y emergentes que inducen a riesgos y daños graves para la salud”. 

Al respecto, argumentó que el decreto se apoya, entre otros estudios científicos, en aquellas investigaciones realizadas por investigadores del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias y de la Universidad Nacional Autónoma de México, en los que se infirió que el uso de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), provocan enfermedades pulmonares agudas. 

Agregó que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los Productos de Tabaco Calentado (PTC) son dispositivos en los que el tabaco procesado física y químicamente se calienta en vez de sufrir combustión mediante sistemas electrónicos alimentados por baterías; lo cual, libera al usuario altas concentraciones de nicotina, sustancia que tiene efectos adversos para el funcionamiento a largo plazo del cerebro de niños y adolescentes. 

Mencionó que el decreto expone que, de acuerdo con la OMS, el aerosol generado por los vapeadores o cigarrillos electrónicos, es una nueva fuente de contaminación del aire que afecta a las personas expuestas al mismo, es decir, a fumadoras tanto pasivos, como activos. 

Por otra parte, de acuerdo con los estudios realizados por el Instituto Nacional de Salud Pública de México, los jóvenes que inician con el uso de estos dispositivos, aumentan de dos a cuatro veces sus probabilidades de fumar cigarrillos combustibles; circunstancia que genera el crecimiento de la epidemia del tabaquismo en la sociedad. 

La juzgadora programó la audiencia incidental para el 30 de junio y dio un plazo de 48 horas para que las autoridades remitan sus informes previos.

Cabe mencionar que el 14 de junio de este año, el juez Francisco González Mendoza, titular del Juzgado Décimo Quinto de Distrito, admitió a trámite otro juicio de amparo que se interpuso para impugnar el mismo decreto; sin embargo, a la fecha no se ha pronunciado sobre si le concederá o no la suspensión a la empresa Tabacos Desvenados.