Un juez de distrito le concedió el amparo a Pio López Obrador en el que le ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) determinar si existen elementos para continuar con la investigación que se inició en su contra luego de la difusión de los videos en los que fue exhibido recibiendo dinero por parte de David León Romero.
En su sentencia, Julio Veredín Sena Velázquez, titular del Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en materia Penal, explicó que de no existir diligencias o pruebas pendientes por practicar, el agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (FISEL), deberá determinar si ejerce o no acción penal.
En caso de existir actos de investigación pendientes, la FGR tiene que especificar cuáles son necesarios para integrar y perfeccionar la carpeta de investigación y ordenar su realización. Una vez que los concluya tendrá un plazo de 60 días para resolver lo que considere.
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Sena Velázquez justificó su determinación al argumentar que el tiempo transcurrido afecta la esfera jurídica del hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, ya que la omisión de la fiscalía “deja en total incertidumbre respecto del derecho que tiene toda persona a que se le administre justicia pronta y expedita, siendo que en un Estado de derecho no puede admitirse que la autoridad aplace indefinidamente la resolución procedente por falta de actuaciones”.
Pio López Obrador acusó a la FGR de incurrir en dilación, violando con ello los artículos 17 y 21 de la Constitución, toda vez que el Ministerio Público Federal ha realizado diversas diligencias, mismas que fueron practicadas en el 2020, pero al año siguiente, ya no continuó investigando, de modo que se vulnera el derecho de acceso a la justicia de manera pronta y expedita.
La FGR aún puede impugnar la resolución ante un tribunal colegiado, mismo que deberá determinar si confirma, revoca o modifica el fallo.