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Instruye INAI a presidencia para entregar información sobre datos abiertos

La Comisionada Del Río recordó que, en octubre de 2015, el gobierno de México adoptó la Carta Internacional de Datos Abiertos.

La Comisionada Norma Julieta del Río Venegas afirmó que los datos digitales por sí mismos no dicen nada.
La Comisionada Norma Julieta del Río Venegas afirmó que los datos digitales por sí mismos no dicen nada.Créditos: Especial
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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Presidencia de la República informar sobre el Plan Institucional de Datos Abiertos que se menciona en la Política de Transparencia, Gobierno Abierto y Datos Abiertos de la Administración Pública Federal 2021-2024, de la Secretaría de la Función Pública (SFP).

La Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, al presentar el asunto ante el Pleno, afirmó que los datos digitales por sí mismos no dicen nada, pero cuando son interpretados y analizados, son un insumo esencial para la toma de decisiones y para promover el desarrollo de los países y sus sociedades.

La Comisionada Del Río recordó que, en octubre de 2015, el gobierno de México adoptó la Carta Internacional de Datos Abiertos, un ejercicio colaborativo en el que participan más de 150 gobiernos y organizaciones para abrir datos con ciertas características técnicas y jurídicas que pueden ser utilizados y reutilizados libremente por cualquier persona y en cualquier momento.

Dijo que los datos abiertos pueden intervenir para disminuir la corrupción, como información a la que cualquiera puede acceder, usar y compartir. 

El Inai, dijo que una persona requirió a la Oficina de la Presidencia de la República el Plan de Trabajo Institucional de Datos Abiertos, que se menciona en la Política de Transparencia, Gobierno Abierto y Datos Abiertos de la Administración Pública Federal 2021-2024 de la SFP, así como los medios de verificación en relación con éste, el ejercicio de recursos públicos monetarios, e incluso saber si participará alguna organización civil o social.

 Sin embargo en la respuesta, la Oficina de la Presidencia de la República manifestó su incompetencia para conocer esta información y señaló a la SFP como posible autoridad competente para contar con lo requerido que, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde definir las políticas de Gobierno Abierto y Datos Abiertos de la Administración Pública Federal.

El particular presentó un recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, la Oficina de la Presidencia de la República defendió su respuesta inicial y argumentó que no existe disposición alguna que le conceda la atribución para generar dicha información.

En el análisis realizado por la ponencia a cargo de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, se advirtió que la Oficina de la Presidencia de la República sí cuenta con las facultades para conocer la información solicitada.

Por lo que el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Oficina de la Presidencia de la República y le instruyó asumir competencia y brindar una nueva respuesta con un criterio amplio en términos de la ley en la materia.

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