GENARO GARCIA LUNA

Juez niega amparo a García Luna contra su inclusión en la lista de personas bloqueadas

El juez Roberto Fraga Jiménez, titular del Juzgado Décimo de Distrito en materia Administrativa, consideró infundados los agravios del ex servidor público.

Génaro García Luna, exsecretario de Seguridad Pública federal
Génaro García Luna, exsecretario de Seguridad Pública federalCréditos: Archivo
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El ex secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, deberá seguir en lista de personas bloqueadas, luego de que un juez de distrito le negó el amparo en contra de la resolución del 9 de diciembre de 2019 con la que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ordenó su inclusión en dicha lista.

El juez Roberto Fraga Jiménez, titular del Juzgado Décimo de Distrito en materia Administrativa, consideró infundados los agravios del ex servidor público, toda vez que el acto reclamado no viola sus derechos humanos.

García Luna argumentó que el titular de la UIF viola sus derechos de legalidad, seguridad jurídica y tutela judicial efectiva, toda vez que continúa con su inclusión en la lista de personas bloqueadas, a pesar de que sus cuentas bancarias ya fueron aseguradas por autoridad competente en materia penal.

No obstante, el impartidor de justicia puntualizó que la medida es legal, debido a que la autoridad hacendaria aportó los elementos de los cuales se desprende que su inclusión en la lista “tiene como origen el cumplimiento de una obligación bilateral o multilateral asumida por nuestro país”.

De acuerdo con el expediente, el 6 de diciembre de 2019, la Agencia de Inteligencia de Estados Unidos solicitó el apoyo de la UIF para obtener información “en apoyo a una investigación sobre lavado de activos que está siendo realizada por la Fiscalía de Distrito del Este del Estado de Nueva York”.

Agregaron que la información estaba vinculada con las personas y compañías en torno a “actividades de lavado de dinero, giros internacionales, actividades financieras, cuentas bancarias, bienes inmuebles adquiridos, relación financiera con compañías privadas y sus contratos con el Gobierno de México, así como ingresos oficiales de las personas físicas y morales”.