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Revocación de mandato: TEPJF determina que no es procedente declarar la validez

El presidente del Tribunal, Reyes Rodríguez, detalló que no se alcanzó el 40% de participación de las y los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores.

Promoción de la consulta de revocación
Promoción de la consulta de revocaciónCréditos: Foto: Cuartoscuro.com
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que no es procedente emitir la declaratoria de validez de la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El presidente del órgano jurisdiccional, Reyes Rodríguez Mondragón, detalló que no se alcanzó el 40 por ciento de participación de las y los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores.

“No ha lugar a emitir la declaratoria de validez del proceso de Revocación de Mandato del titular del Poder Ejecutivo Federal electo para el periodo constitucional 2018-2024, al no haberse alcanzado el porcentaje mínimo de participación exigido por la Constitución”.

Por su parte, la magistrada Janine Otálora Malassis destacó que con su actuar, los actores políticos convirtieron este ejercicio de participación ciudadana en un acto fallido de democracia.

“Si bien hay que reconocer que este proceso ha sido un acto fallido de democracia por responsabilidad de los actores políticos, la invalidez de éste no puede tener como consecuencia que las personas que cometieron las irregularidades y realizaron actos que constituyen malas prácticas, queden impunes. El hecho de que los más altos funcionarios públicos y detentores de gubernaturas, reten a las instituciones encargadas de velar por el orden democrático constitucional, no es un buen augurio. La legitimidad democrática no culmina con obtener una mayoría de los votos”.

Por su parte, el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, negó que la revocación de mandato le haya dejado un mal sabor de boca al instituto.

“El Tribunal ha sido muy claro y esto nos ha dejado lecciones sobre cómo tendremos que avanzar en estos ejercicios y cuestiones que no deben volver a presentarse en el futuro. Cómo me va a dejar mal sabor de boca cuando la revocación demostró que hay mucho INE y que hay mucho INE para rato”.

 En este contexto, la Sala Superior del TEPJF declaró improcedentes los recursos que se promovieron para impugnar el cómputo y resultados de la revocación de mandato.

No obstante, el órgano jurisdiccional ordenó dar vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, al INE y a la Sala Especializada para que se investiguen y en su caso se sanciones los actos ilícitos que se hayan cometido durante el proceso.