CÁMARA DE DIPUTADOS

Prohibición de delfinarios y espectáculos con animales marinos avanza en San Lázaro

Diputados pasan directo al Pleno y sin análisis en comisiones, iniciativa que prevé prohibir el uso de mamíferos marinos en espectáculos fijos.

También quedará prohibido emplear esas especies cuando los fines no sean la investigación científica, la enseñanza, la preservación y conservación.
También quedará prohibido emplear esas especies cuando los fines no sean la investigación científica, la enseñanza, la preservación y conservación. Créditos: Cuartoscuro
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En la Cámara de Diputados avanzó en fast track, sin pasar por el análisis en comisiones, la prohibición del uso de animales marinos como delfines, focas y ese tipo de especies en espectáculos fijos o itinerantes.

Los congresistas aprobaron en el Pleno con 318 votos a favor y 125 abstenciones, reformas a la Ley General de Vida Silvestre, propuestas por integrantes del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Verde (PVEM).

El proyecto surgió de una iniciativa que instantes antes se presentó en la Tribuna del recinto, a la cual se le dispensaron todos los trámites y se consideró de urgente y obvia resolución.

Lo aprobado con votación de 318 a favor, 17 en contra y 125 abstenciones, será turnado al Senado de la República para su análisis y discusión.

En artículos transitorios, la reforma señala que los propietarios y poseedores de mamíferos marinos en cautiverio, contará con máximo 90 días naturales, a partir de la entrada en vigor del decreto, para entregar un inventario de esas especies a la Secretaría del Medio Ambiente (SEMARNAT) y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Deberán informar sobre el nombre científico y común de los especímenes, “sistema y número de marca”, sexo, edad, nombre en caso de que lo tengan, los documentos para confirmar la legal procedencia, si son hembras y están en periodo de gestación.

Tendrán que precisar si los ejemplares nacieron en cautiverio y cuándo, y entregar cualquier otro dato que requiera la autoridad en la materia.

Añade que el incumplimiento de esas disposiciones, ameritará la revocación de registros como Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre, Predios o Instalaciones que Manejan Vida Silvestre.

Los ejemplares registrados, podrán seguir siendo utilizados hasta la muerte, conforme a los planes de manejo vigentes al momento en que la norma aplique.

Los planes de manejo no podrán incluir a otros mamíferos marinos que no estén en el inventario.

Si los poseedores modifican sus planes de manejo, tendrán que notificarlo a SEMARNAT para obtener autorización, y deberán garantizar trato digno y respetuoso hasta la muerte, a los animales en su poder.