APELLIDOS

Padres o tutores podrán acordar orden de los apellidos con que registren a sus hijos

Diputados federales prevén discutir reforma al artículo 4 constitucional en materia de igualdad en el orden de los apellidos.

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Imagen ilustrativa. Créditos: Cuartoscuro
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En la Cámara de Diputados serán objeto de discusión en la sesión de este miércoles 12 de octubre, reformas constitucionales en materia de igualdad en el orden de los apellidos y del nombre de las personas registradas ante la autoridad civil. 

Los legisladores también tienen contemplado debatir en Tribuna, otra reforma constitucional, referente a la definición de los símbolos de las entidades federativas. 

Símbolos e identidad de los estados 

En el caso de la identidad de los estados, en San Lázaro se abordará el dictamen de una minuta proveniente del Senado de la República, la cual establece que las legislaturas de las entidades, en todo momento observando la supremacía de los símbolos patrios, podrán legislar en materia de símbolos estatales.

Así, podrán definir sus propios signos, escudos y banderas, con el fin de fomentar el patrimonio cultural, la historia y la identidad local.

Apellidos por acuerdo 

En el caso del orden de los apellidos con el que se registra ante las autoridades civiles a las personas, el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, plantea dejar en manos de los padres o tutores, decidir por consenso. 

El artículo cuarto de la Carta Magna establecerá que de común acuerdo, los padres o tutores podrán decidir qué nombre propio tendrá el menor o la menor de edad. También el orden de los apellidos con el que se les registrará legalmente.

La propuesta presentada por la diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Irma Juan Carlos, establece en artículos transitorios que las legislaturas de las entidades deberán hacer las adecuaciones necesarias a sus respectivas constituciones, así como emitir los reglamentos para que se cumpla el decreto. 

En el caso de los apellidos, tendrán un plazo de 120 días después de la publicación oficial de la norma, para cumplir con las nuevas disposiciones.

También señala que quienes ejercen la patria potestad y las personas que nazcan antes de la entrada en vigor de la norma, en caso de que se apruebe en todas sus fases y se emita declaratoria de constitucionalidad, tendrán el mismo derecho para solicitar el cambio del orden de los apellidos siempre y cuando cumplan los requisitos o trámites ante las autoridades competentes.

La propuesta presentada por la diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Irma Juan Carlos, establece en artículos transitorios que las legislaturas de las entidades deberán hacer las adecuaciones necesarias a sus respectivas constituciones, así como emitir los reglamentos para que se cumpla el decreto. 

Tendrán un plazo de 120 días después de la publicación oficial de la norma, para cumplir con las nuevas disposiciones.

También señala que quienes ejercen la patria potestad y las personas que nazcan antes de la entrada en vigor de la norma, en caso de que se apruebe en todas sus fases y se emita declaratoria de constitucionalidad, tendrán el mismo derecho para solicitar el cambio del orden de los apellidos siempre y cuando cumplan los requisitos o trámites ante las autoridades competentes.