Queda libre el diputado Rubén Cayetano tras 20 horas de arresto en "El Torito"

Cayetano no evocó el fuero constitucional que le asiste y admitió su falta, la cual derivó de la ingesta de una bebida que identificó como “Clericot”.

El diputado de Morena no evocó el fuero constitucional que le asiste y admitió su falta, la cual derivó de la ingesta de una bebida que identificó como “Clericot” / Foto: Cuartoscuro Archivo
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El diputado de Morena, Rubén Cayetano, quedó en libertad luego de cumplir 20 horas de arresto en el Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social "El Torito", esto tras ser detenido en un punto del Alcoholímetro en la alcaldía Cuauhtémoc.

El legislador dio positivo a la alcoholemia y fue arrestado por oficiales de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, mientras que un juez cívico le impuso la sanción.

*Información relacionada: Diputado de Morena va al \u2018Torito\u2019 por positivo en alcoholemia

Admite falta administrativa

Cayetano no evocó el fuero constitucional que le asiste y admitió su falta, la cual derivó de la ingesta de una bebida que identificó como "Clericot".

El legislador federal fue detenido en el punto de revisión del programa Conduce Sin Alcohol, instalado en Eje 1 Poniente Guerrero y avenida Puente de Alvarado.

Diputado supera los 0.40 de alcohol

Superó los 0.40 grados de alcohol expirado por lo que superó el nivel permitido por el Reglamento de Tránsito Metropolitano.

¿Qué son las faltas administrativas?

En este caso al diputado lo metieron a este centro ya que la ley lo establece si vas en la calle tomando una bebida alcohólica y sobrepasas ciertos niveles de alcohol que pongan en riesgo la vida de otra persona, si hay una falta "hay infracción”, los oficiales tienen el deber de remitirte al Juzgado Cívico, en esta circunstancia la multa a pagar es un monto de 21 a 30 salarios mínimos vigente en la Ciudad de México, es decir, entre mil 472 pesos y 2 mil 103.

La constitución política de la Ciudad de México establece que hay dos tipos de faltas administrativas, las graves y las no graves, la primera dice que las faltas administrativas de las Personas Servidoras Públicas catalogadas como graves en los términos de la presente Ley, cuya sanción corresponde al Tribunal y las no graves corresponde a las Secretarías y a los Órganos internos de control.

@amarilloalarcon