TEPJF ordena a AMLO ajustar contenidos de las conferencias mañaneras

El contenido de las ruedas de prensa debe ajustarse a la Constitución política que establece que solo se pueden difundir mensajes de servicios educativos o de protección civil

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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador y a la Consejería Jurídica ajustar el contenido de las conferencias mañaneras para no incurrir en actos de difusión de propaganda gubernamental y uso indebido de recurso públicos durante la consulta popular, la revocación de mandato y los próximos procesos electorales.

El órgano jurisdiccional determinó que, independientemente de la interacción con los medios de comunicación, el contenido de las ruedas de prensa debe ajustarse a la Constitución política que establece que solo se pueden difundir mensajes de servicios educativos o de protección civil

Al acatar la resolución de la Sala Superior, los magistrados resolvieron que el primer mandatario vulneró el principio de imparcialidad del proceso electoral con las expresiones que realizó durante la conferencia del 23 de diciembre del 2020.

Ante ello, hicieron un llamado al titular del Poder Ejecutivo federal para que considere la posibilidad de revisar y modificar la normatividad en materia de propaganda gubernamental.

El magistrado Luis Espíndola Morales, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, comentó que con estas medidas se buscan revertir actos que atentan contra la Constitución.

¿Propaganda gubernamental en la mañaneras?

"Y esta prohibición de difundir propaganda gubernamental está dirigida a cualquier orden de gobierno: federal, estatal y municipal. Todos, un atento llamado a todos los órdenes de gobierno a respetar el 35 constitucional y el 134 en relación con la prohibición de difundir propaganda gubernamental y de influir en la decisión que deba tomar la ciudadanía en el proceso de consulta popular".

Por su parte, la magistrada Gabriela Villafuerte destacó que las expresiones de López Obrador constituyeron un uso de indebido de recursos públicos que benefició a Morena.

"Por qué hay un uso indebido de recursos públicos, el propio presidente de México es un recurso público humano, entendido como parte de su imagen, de manera que al haber propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada, él mismo fue el instrumento de ello, entonces este es un aspecto del uso indebido de recursos públicos que es su imagen entendida como un recurso humano".

Del mismo modo, la Sala Especializada ordenó a dar vista a la Unidad Técnica de los Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) para que investigue y, en su caso, inicie un procedimiento ante una posible infracción electoral por parte de los titulares del Centro de Producción de Programas Informáticos y Especiales (Cepropie) y de la Coordinación de Comunicación Social.