SCJN desecha impugnación contra Ley de Hidrocarburos

El ministro Alberto Pérez Dayán argumentó que los legisladores no exhibieron la demanda original con sus firmas autógrafas.

El ministro Alberto Pérez Dayán mencionó que el 9 de junio, el senador Miguel Ángel Osorio Chong envió un escrito en el que pidió llevar a cabo una revisión exhaustiva de la documentación / Foto: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó por notoria y manifiesta improcedencia la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición para impugnar el decreto por el que se reforma la Ley de Hidrocarburos, publicado el 4 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El ministro Alberto Pérez Dayán argumentó que los legisladores no exhibieron la demanda original con sus firmas autógrafas, ya que se limitaron a presentar cinco tantos del escrito, pero en copias simples.

*Información relacionada: SCJN valida mando único policial en Tamaulipas

El documento exhibido carece de la firma de los 48 senadores

Recordó que el artículo 61, fracción I, de la Ley Reglamentaria ordena que el escrito por el que se ejercita la acción de inconstitucionalidad debe contener los nombres y las firmas de los promoventes; sin embargo, el documento exhibido carece de la firma de los 48 senadores, cuyo nombre aparece al calce del escrito, lo que significa que carece de la manifestación de voluntad de éstos, lo cual es necesario para que el escrito produzca los efectos legales, que no es otro que el de dar trámite y resolver el medio de control constitucional.

Osorio Chong envió un escrito en el que pidió llevar a cabo una revisión exhaustiva

Pérez Dayán mencionó que el 9 de junio, el senador Miguel Ángel Osorio Chong envió un escrito en el que pidió llevar a cabo una revisión exhaustiva de la documentación, anexos y legajos recibidos en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Corte el 3 de junio, ante la posibilidad de que las firmas autógrafas se hubiesen "traspapelado".

No obstante, luego de realizar una revisión, no se encontró la documentación con la firma de los promoventes.