México no tiene impedimento para extraditar a Caro Quintero

El campo mexicano argumentó que no es procedente su extradición.

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El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal confirmó la resolución con la que se le negó el amparo a Rafael Caro Quintero, fundador del cártel de Guadalajara, contra el proceso de extradición a Estados Unidos para ser juzgado por el homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena.

El campo mexicano argumentó que no es procedente su extradición, ni tampoco el inicio del procedimiento porque los hechos por los que es reclamado por las autoridades norteamericanas, ya fueron juzgados y sentenciados por las mexicanas.

Sin embargo, los magistrados señalaron que, al momento en el que se emitió el acto reclamado, "no hay prueba palmaria y suficiente de que los cargos por los que es reclamado en aquel país correspondan exactamente con los mismos hechos por los que ya fue sometido a proceso y sentenciado en México.

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En su resolución, el órgano jurisdiccional puntualizó que el hecho de haber sido enjuiciado por ciertos delitos "no impide que eventualmente se acceda a su extradición por aquellos que están fuera de ese enjuiciamiento, y ello sería también razón suficiente para que la orden de detención provisional no transgreda sus derechos fundamentales".

Del mismo modo, el tribunal recordó que Caro Quintero es requerido por una corte de Estados Unidos para ser enjuiciado por ocho cargos dentro del séptimo proceso superveniente presentado el 31 de julio de 1992 entre los que se encuentran: delitos violentos para asistir a la delincuencia organizada; asociación delictuosa para cometer delitos violentos a fin de asistir a la delincuencia organizada, así como asociación delictuosa para secuestrar a un agente federal y homicidio grave de un agente federal.