Impugna FGR resolución por controversia contra Cabeza de Vaca

El recurso deberá ser resuelto en el transcurso de los próximos días por una de las Salas de la Corte.

El gobernador del estado mexicano de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca. EFE
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La Fiscalía General de la República (FGR) interpuso un recurso de reclamación para impugnar la resolución del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, con la que desechó la controversia constitucional que promovió el Congreso de Tamulipas contra el desafuero del gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

El escrito, el cual fue entregado a las 12:14 horas de este lunes 17 de mayo en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), está firmado por el titular de la FGR, Alejandro Gertz Manero, y dirigido al presidente del Alto Tribunal, Arturo Zaldívar.

El recurso deberá ser resuelto en el transcurso de los próximos días por una de las Salas de la Corte.

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El pasado viernes 14 de mayo se dio a conocer que el ministro Alcántara Carrancá resolvió que Cabeza de Vaca mantiene el fuero, debido a que el Congreso de Tamulipas determinó no homologar la declaratoria de procedencia que aprobó el 30 de abril la Cámara de Diputados.

Por este motivo, la FGR no puede proceder penalmente contra el mandatario estatal, a quien busca imputarle los delitos de delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal equiparada.

En su resolución, el ministro consideró que no se advierte que la declaratoria tenga la intención de retirar la inmunidad y permitir proceder penalmente en contra del servidor público.

Indicó que el Congreso local, en ejercicio de sus atribuciones, tal y como lo establece el artículo 111 constitucional, decidió no homologar la declaratoria de procedencia, por lo que se estima que la determinación impugnada no afecta la decisión tomada por el Poder Legislativo local.

El ministro Alcántara Carrancá refirió que el desechamiento de la controversia constitucional no prejuzga sobre la culpabilidad o no respecto del ilícito que se relaciona, pues existe la oportunidad de llevar a cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya su cargo.