Niega CEAV reaparición del daño a víctima, denuncia IDHEA

El pasado 25 de enero del 2021, la jueza de distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Blanca Lobo Domínguez, concedió un amparo en favor de la familia de la víctima.

Escrito en NACIONAL el

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), se niega a la reparación del daño ordenado por la ley, en beneficio de la familia del marino Paolo César Antonio Cano Montero, víctima de desaparición forzada en Michoacán en 2010, bajo el argumento de la pandemia por la COVID-19, a pesar de que la resolución se emitió hace tres años.

A través de un comunicado, Idheas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos, recordó que en octubre del 2018, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), determinó graves violaciones en el acceso a la justicia y la adecuada investigación de los hechos y ordenó la reparación integral.

Información relacionada: Necesario erradicar corrupción en juegos y sorteos: Segob

El pasado 25 de enero del 2021, la jueza de distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Blanca Lobo Domínguez, concedió un amparo en favor de la familia de la víctima y ordenó a la CEAV dar a conocer e implementar el plan de reparación integral del daño a las víctimas.

Sin embargo la CEAV no aceptó la resolución judicial y el pasado 8 de marzo, por medio de Grisel Galeano García, directora general de Asuntos Jurídicos de la Comisión, interpuso un recurso de revisión en el que solicita revocar el amparo y dejar sin efecto lo ordenado en la sentencia.

El argumento es que las autoridades no tomaron en cuenta el impacto del Covid, sin mencionar que la recomendación se emitió hace tres años y desde esa fecha se ha negado a integrar el expediente y garantizar la reparación integral a la familia de la víctima.

Por lo anterior, Idheas, junto a la familia de Paolo César Antonio Cano Montero hicieron un llamado a la Secretaría de Gobernación y en particular al subsecretario Alejandro Encinas para que analice el actuar de las y los funcionarios de la CEAV y los exhorte públicamente a cumplir con sus obligaciones en atención a sus facultades y atribuciones, consagradas en la Ley General de Víctimas.