INE determina continuar con prestaciones laborales para mandos medios

Área jurídica del Instituto, señaló que la Corte determinó que derechos laborales, no pueden ser regresivos a los que tenían en 2018.

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La Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó modificaciones al Manual de Normas Administrativas en materia de recursos humanos, en el cual establece que continuarán con los seguros de separación, de gastos médicos y de vida para sus mandos medios y superiores, que implican un gasto aproximado de 260 millones de pesos, a pesar de que el artículo 22 de la Ley Federal de Austeridad Republicana establece que quedan prohibidos.

En sesión, Gabriel Mendoza, director jurídico del Instituto, indicó que las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de junio y diciembre, que responden a amparos interpuestos por trabajadores del INE, señalan que sus derechos laborales, entre ellas los seguros no pueden ser regresivos a las que tenían en 2018, de ahí que deban contar con las prestaciones previstas.

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"La Suprema Corte de Justicia de la Nación en junio y diciembre del año pasado dicto sendas resoluciones incidentales en las cuáles ordeno que esté órgano establezca las remuneraciones de los servidores públicos, las cuales incluyen por supuesto las prestaciones, respetando el estado jurídico de cosas que prevalecían en 2018, en otras palabras, con la aprobación de este manual se respetan los principios constitucionales de progresividad, y no regresión como lo mandata la Constitución, los instrumentos internacionales y el estatuto"

Sin embargo, Jesús George Zamora, titular del Órgano Interno de Control del INE, indicó que este manual no da cumplimiento al artículo 22 de la Ley federal de Austeridad Republicana y propuso que se considerará la rectificación, pero no fue respaldado.

Carlos Ferrer, director de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, indicó que la sentencia de la Suprema Corte "tiene efectos amplios y abarca todas las prestaciones que se han venido otorgando a trabajadores del Instituto Nacional Electoral, por lo que hacer una distinción a partir de una ley secundaria a lo que marca la Constitución sería ir en contra de lo que sostuvo" el máximo tribunal.