Morena no puede opinar sobre duración de cargos de dirigencia nacional

Los magistrados electorales determinaron que la Comisión Nacional de Honestidad “no tiene atribuciones para emitir criterios de interpretación".

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El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó revocar y dejar sin efectos un oficio de respuesta que emitió la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, sobre el inicio y la duración de los cargos de la dirigencia interina del partido político.

Los magistrados electorales determinaron que la Comisión Nacional de Honestidad "no tiene atribuciones para emitir criterios de interpretación respecto de actos que no le son propios" como es señalar la duración de cargos interinos en la presidencia del partido.

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Un militante preguntó a la Comisión sobre la duración y permanencia de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional elegidos por el Congreso Nacional de ese partido político, el 26 de enero pasado, y si la contingencia sanitaria por Covid 19 podría incidir en ese periodo.

Los magistrados señalaron que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia le corresponde resolver las consultas que le planteen los militantes, en cuanto a la interpretación de las normas contenidas en los documentos básicos de Morena, sin que tengan un carácter vinculante.