SCJN admite impugnación contra pin parental

El organismo advierte que esta limitación podría incidir negativamente en los derechos de los alumnos menores de edad.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para impugnar la aprobación del llamado pin parental en Aguascalientes.

La CNDH pide al Alto Tribunal declarar la invalidez de la reforma al artículo cuarto de la Ley de Educación de esa entidad, por la que se adiciona un quinto párrafo en el que se obliga a las autoridades escolares a avisar a los padres de los alumnos cuando vayan a tocar en clase temas "en rubros de moralidad, sexualidad y valores" a fin de que autoricen si sus hijos asistirán o no a esos cursos.

El organismo advierte que esta limitación podría incidir negativamente en los derechos de los alumnos menores de edad y lesionar el interés superior de la niñez y el derecho a la igualdad.

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Por ello, solicita a la SCJN que analice si el pin parental lesiona las garantías de los menores para acceder a información científica sobre la naturaleza y acerca del funcionamiento de sus propios cuerpos.

Esta acción de inconstitucionalidad fue acumulada con las que presentó la Comisión de Derechos Humanos de Aguascalientes (CDHEA) y diputados de minoría de esa entidad, las cuales ya fueron admitidas a trámite la semana pasada.