TEPJF revoca acuerdos de paridad de género del INE

El TEPJF vincula a partidos políticos a postular a siete candidatas mujeres.

Los magistrados aprobaron que se vincule directamente a los partidos políticos para que postulen al menos a siete mujeres como candidatas a las gubernaturas
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Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron el acuerdo de paridad de género del Instituto Nacional Electoral que obligaba a los partidos a postular al menos siete mujeres como candidatas a las 15 gubernaturas que estarán en disputa el 6 de junio de 2021, al considerar que esa medida es una atribución única del Congreso de la Unión y los estatales.

En sesión virtual y con una votación confusa y divida, los magistrados Felipe de la Mata, Mónica Soto, Janine Otálora y Reyes Rodríguez aprobaron que se vincule directamente a los partidos políticos para que postulen al menos a siete mujeres como candidatas a las gubernaturas, mientras que José Luis Vargas, Felipe Fuentes e Indalfer Infante querían que fuera un exhortó porque no tenían atribución de obligarlos.

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"Si estamos afirmando que no existe esa competencia por parte del Instituto Nacional Electoral en lo que toca a su facultad reglamentaría, me parece que en consecuencia difícilmente nosotros podemos asumir esa competencia de un acto que me parece que queda claro y determinado que es una atribución del legislador ordinario", indicó José Luis Vargas.

El proyecto que discutieron fue el de la magistrada Janine Otalora, el cual pedía una acción afirmativa del Tribunal para vincular a los partidos para que postularán a ocho candidatas mujeres a las gubernaturas y que el Congreso de la Unión y los estatales regularán el tema ante de las elecciones federales de 2024, sin embargo, no fue aprobada.

"Revocar y que la Sala Superior dicte las medidas afirmativas para que en este proceso electoral se cumpla con una paridad en la postulación de candidaturas a las gubernaturas… Lo que yo señaló es que el Instituto Nacional Electoral no tiene competencia directa y que por ende debió ejercer su facultad de atracción antes de emitir el acuerdo aquí impugnado.

La magistrada justificó que en la historia del país solo el 2 por ciento de las candidatas postuladas a cargos de elección popular han ganado y 25 estados de la república nunca han sido gobernados por una mujer, lo que va en contra de la paridad de género, por lo que este proyecto fue aprobado por la magistrada Mónica Soto.

"En estos cargos siempre ir por el número mayor hacia las mujeres porque es parte de esta reivindicación histórica, entonces estoy a favor de que se registre, y ordenar a partidos políticos que registren por lo menos ocho de las candidaturas, de las 15 candidaturas a gubernaturas, esto en ejercicio de la facultad o en plenitud de jurisdicción de esta Sala Superior, atendiendo a niveles de desigualdad de mujeres y hombres".

Si bien la mayoría de los magistrados estuvo a a favor de vincular a los partidos por la paridad, al final de la votación se confundieron sobre el razonamiento que dieron.