Niegan amparo a César Duarte contra orden de aprehensión

El Consejo de la Judicatura Federal dio a conocer la negación del juzgador.

Escrito en NACIONAL el

El juez Miguel Ángel Burguete García, titular del Juzgado Octavo de Distrito con residencia en el Estado de México, negó el amparo al ex gobernador de Chihuahua, César Duarte Jáquez, contra la orden de aprehensión por el delito de peculado.

En su resolución que publicó el pasado 1 de julio, el impartidor de justicia consideró infundados los argumentos expuestos por el político priista.

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Indicó que el Juez del Tribunal de Control del Distrito Judicial Morelos, de Chihuahua, consideró correctamente, sin ánimo de prejuzgar, que ante la evidencia de que existe un peligro de que el ahora quejoso pudiera sustraerse de la acción de la justicia, ya que no cuenta con arraigo en el lugar dónde deba ser juzgado.

Asimismo, ponderó el riesgo de sustracción por parte de Duarte Jáquez de acuerdo a su situación patrimonial, la cual evidencia una alta capacidad económica con la cual podría fácilmente evadir la acción de la justicia y permanecer oculto.

De acuerdo con la investigación realizada por el gobierno de Chihuahua, el 17 de junio de 2016, la aeronave Cessna Citation CJ3, con ruta Toluca-Cancún y Cancún-Toluca, no cumplió con los requisitos que establece la normativa de vuelo, ya que ésta no fue utilizada para uso estrictamente oficial, ya que del contenido de la bitácora 205, se desprende que el pasajero que viajó en la aeronave fue el hijo del ex gobernador del Estado, el cual no contaba con la autorización para disponer de la aeronave, ello al no reunir el carácter de servidor público y al no tratarse de un viaje estrictamente oficial, tal y como lo establece la normativa de vuelo, por lo que, con los hechos antes narrados se desprende una clara irregularidad cometida por el ex gobernador.

Dicho vuelo comprendió un total de siete horas, con un costo por hora de 48 mil 105 pesos, por lo que el valor estimado comercial del vuelo privado redondo ascendió a 336 mil 735 pesos.