SCJN avala que estados y municipios si pueden adquirir deuda para pagar gasto corriente

Cabe recordar que en mayo de 2018, la Corte ya había aclarado que en los tres meses finales de un gobierno, sí se pueden contratar préstamos.

Escrito en NACIONAL el

La Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón (SCJN) resolvi\ó que los estados y municipios s\í pueden endeudarse para pagar gasto corriente.

Por mayor\ía de votos, el Alto Tribunal aval\ó el art\ículo 35 de la Ley de Deuda P\ública de Chihuahua, reformada en 2016, el cual s\í permite, en algunos escenarios contratar deuda para pagar gasto corriente, lo que la Constituci\ón federal proh\íbe por regla general.

Los ministros consideraron que la reforma del 2015 al art\ículo 117 de la Constituci\ón Pol\ítica, abri\ó la posibilidad de que los gobiernos locales puedan financiar necesidades urgentes de liquidez mediante cr\éditos de corto plazo, como excepci\ón a la regla de que el endeudamiento solo puede ser para inversiones productivas.

El ministro Fernando Franco hab\ía propuesto invalidar la norma de Chihuahua por considerar que la prohibici\ón de contratar deuda para gasto corriente es absoluta, pero solo los ministros Norma Pi\ña y Juan Luis Gonz\ález Alc\ántara apoyaron esta postura.

En mayo de 2018, la Corte ya hab\ía aclarado que en los tres meses finales de un gobierno, s\í se pueden contratar pr\éstamos, pero solo de largo plazo para inversi\ón productiva.