Pensiones por viudez deben ser iguales para mujeres y hombres: SCJN

Lo anterior al resolver la acción de inconstitucionalidad 4/2016, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

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La Suprema Corte de Justicia de la Naci\ón (SCJN) determin\ó que las pensiones por viudez deben darse en t\érminos iguales para hombres y mujeres.

Al analizar los art\ículos 45, 47 y 69, fracci\ón I, de la Ley del Instituto Municipal de Pensiones de Chihuahua, que imped\ían a los varones viudos acceder a la pensi\ón de sus c\ónyuges, salvo que estuviesen totalmente incapacitados, el Alto Tribunal resolvi\ó que son discriminatorios y violatorios del derecho a la igualdad entre hombres y mujeres, previsto en la Constituci\ón Pol\ítica.

Durante la sesi\ón de este martes, el ministro Javier Laynez se\ñal\ó que en este caso, la discriminaci\ón act\úa no solo contra los hombres, sino tambi\én contra las mujeres, pues las encasillas en un rol de g\énero donde no se les estima capaces de ganarse la vida por si solas.

Del mismo modo, la SCJN valid\ó el art\ículo 78 de dicha ley, donde se obliga a los derechohabientes al pago de las aportaciones al fondo para la prestaci\ón de los servicios m\édicos, cuando \éstas no les sean descontadas; ello en virtud de no poner en riesgo el derecho a la seguridad y la previsi\ón social, pues no\ existe la posibilidad de que estos servicios sean suspendidos y, en todo caso, el Instituto de Pensiones puede efectuar los descuentos correspondientes a las instituciones p\úblicas.

Lo anterior al resolver la acci\ón de inconstitucionalidad 4/2016, promovida por la Comisi\ón Nacional de los Derechos Humanos.