TEPJF pide mayores diligencias por supuesta coacción del voto por parte del PRI

La Sala Superior señaló que la propaganda electoral impresa y en forma de tarjetas, en sí misma, no es necesariamente contraria a la ley, pero apuntó que su legalidad depende de sus características y utilización.

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, la resolución emitida por la Sala Regional Especializada, en la que determinó la inexistencia de infracciones por parte del entonces candidato presidencial José Antonio Meade Kuribreña y el PRI, relativas a la supuesta coacción del voto y uso indebido de la pauta, mediante el reparto de tarjetas en el marco del programa denominado Avanzar Contigo.

El partido Morena denunció que dicho programa es ilegal, dado que el reparto de tarjetas pone en riesgo el principio de equidad, al presionar al electorado para emitir el voto a favor del entonces candidato a la presidencia.

Al respecto, la Sala Superior determinó que, si bien, la propaganda electoral impresa y en forma de tarjetas, en sí misma, no es necesariamente contraria a la ley, su legalidad depende de sus características y utilización.

El Pleno consideró que la Sala Regional Especializada resolvió sin contar con los elementos suficientes para llevar a cabo el análisis adecuado. 

Las magistradas y magistrados señalaron que la SRE debió haberse allegado de mayores elementos de convicción, para poder determinar si los sujetos a los que se atribuye la infracción utilizaron la propaganda electoral cuestionada de manera ilícita, para la conformación de un padrón de beneficiarios de algún programa concreto, a efecto de favorecer o recompensar específicamente a cada ciudadano con un beneficio determinado a cambio de participar en movilizaciones o de condicionar el voto a favor del candidato denunciado, o, al contrario, con apego a la norma y solamente como medida estadística general para conocer las condiciones o necesidades de la población.. 

En consecuencia, la Sala Superior ordenó a la Sala Regional Especializada emitir una nueva resolución, en la que tome en consideración todos los elementos probatorios y determine si existió alguna infracción a la normativa electoral por la implementación del programa denominado Avanzar Contigo.