Aplicarán descuentos a maestros y estudiantes en Semana Santa: SICT

La Secretaría detalló que los estudiantes y maestros sólo deberán mostrar ante los prestadores del servicio su credencial vigente.

Maestros y alumnos tendrán descuentos especiales /Foto: Cuartoscuro
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La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), informó que pondrá en vigor descuentos del 50 y 25 por ciento, respectivamente, para estudiantes y maestros que viajen en autotransporte federal de pasajeros o ferroviario, durante el periodo vacacional de Semana Santa 2022, que comprende del 11 al 22 de abril del presente año.

La Secretaría detalló que los estudiantes y maestros sólo deberán mostrar ante los prestadores del servicio su credencial vigente o constancia del colegio al que pertenecen; la cual deberá contener nombre y fotografía del titular, número de cuenta o matrícula y sello de la institución.

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Llegan las vacaciones de semana santa /Foto: Cuartoscuro
Llegan las vacaciones de semana santa /Foto: Cuartoscuro

Además indicó que los descuentos en el autotransporte o servicio ferroviario se ponen en vigor durante el periodo vacacional oficial establecido por la Secretaría de Educación Pública (SEP).

En este sentido dijo que, las credenciales con las que maestros y estudiantes deben acreditar este derecho tienen que ser de las instituciones educativas siguientes:

Integradas a los sistemas de educación de la SEP; direcciones o departamentos de educación de las entidades federativas; Universidad Nacional Autónoma de México; Instituto Politécnico Nacional; universidades de toda la República; institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía; Colegio de Bachilleres, y las escuelas incorporadas a las antes mencionadas.

Explicó que la reducción tarifaria se efectuará en todas las corridas del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en su modalidad de regular interurbano y en los servicios de primera y económico del autotransporte federal de pasajeros.

Finalmente señaló que en caso de quejas por infracciones a lo dispuesto por esta circular, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias, deberán presentarse ante la Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario; y en el caso de niveles de cobro de autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal o, en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario.