CFDI

SAT: Lo que hay que saber de la versión 4.0 del CFDI

A partir de enero 2023, los contribuyentes tendrán que facturar obligatoriamente con la versión 4.0

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Si laboras en México y recibes un sueldo, automáticamente te conviertes en un contribuyente con obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y tendrás que pagar impuestos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que los contribuyentes tienen la obligación de expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), o facturas electrónicas por los ingresos que perciben o por las retenciones de contribuciones que se efectúen.

De igual manera, las personas que adquieran bienes disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios, realicen pagos parciales o diferidos o que liquidan saldos de CFDI y los contribuyentes que exporten productos que no sean objeto de enajenación, o cuya enajenación sea a título gratuito, deberán solicitar la facturación.

Emisiones de CFDI

Con el objetivo de cumplir la norma, el SAT facilita mecanismos digitales para que los contribuyentes se mantengan al día con sus emisiones de CFDI´s.

Ingresos que no requieren CFDI

En materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR) estos son los ingresos acumulables que no necesitan un Comprobante Digital:

  1. Ajuste anual por inflación acumulable.
  2. Ingresos derivados de deudas no cubiertas por contribuyentes.
  3. Ingresos determinados.
  4. La ganancia derivada de la transmisión de propiedad de bienes por pago en especie.
  5. Los ingresos que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en bienes inmuebles.
  6. Las ganancias derivadas de enajenación de activos fijos, terrenos, títulos valor, acciones, partes sociales o certificados de aportación patrimonial emitidos por sociedades nacionales de crédito.
  7. Pagos que se reciban por la recuperación de un crédito deducido por incobrable.
  8. La cantidad que se recupere por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros.

Versión 4.0 del CFDI

A partir de enero 2023, los contribuyentes tendrán que facturar obligatoriamente con la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), que reemplazará la versión 3.3.

Principales cambios

Entre los cambios que incluye la factura electrónica en la versión 4.0 se centran en nuevos campos de llenado obligatorios.

En ese sentido, es importante saber que se incluye de manera obligatoria el nombre y código postal del domicilio fiscal del emisor y del receptor. También contempla campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de productos.

Además, identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos, e incorpora nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general.

De igual forma, el SAT puntualiza que los datos mínimos que debe de conocer el contribuyente para emitir facturas son: Registro Federal de Contribuyente (RFC); nombre, denominación o razón social; régimen fiscal; y código postal de su domicilio fiscal.

Cancelación de facturas (SAT)

Para la cancelación de facturas, el SAT también se agrega un nuevo campo de llenado obligado en el que se tiene que precisar cuál es el motivo de la cancelación del CFDI.