Publica CNH acuerdo para desarrollo de actividades petroleras

La Comisión Nacional de Hidrocarburos resolvió suspender los periodos para estas actividades, además de los correspondientes al desarrollo para la extracción.

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La Comisión Nacional de Hidrocarburos, publicó en el DOF, un acuerdo en el que se establecen diversas medidas a fin de promover el desarrollo de las actividades petroleras.

La CNH dijo que las medidas contenidas en el Acuerdo, dan por atendidas todas las solicitudes que le fueron presentados por diversos operadores petroleros para suspender sus actividades por causa de \u2019fuerza mayor\u2019 o \u2018caso fortuito\u2019, derivado de la desaceleración económica y la propagación de la pandemia por COVID-19.

Indicó que el Acuerdo es de aplicación para todos los operadores que hayan expresado o consideren encontrarse en estos casos.

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Es decir que la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) resolvió suspender los periodos para estas actividades, además de los correspondientes al desarrollo para la extracción.

Hay que decir que la resolución especifica que las suspensiones aplican para los periodos de los contratos vigentes de exploración y extracción de hidrocarburos que tengan asociado un programa mínimo de trabajo.

En el comunicado se indicó que "en consecuencia, los Operadores Petroleros deberán presentar ante la Comisión una actualización del cronograma de ejecución de sus Actividades Petroleras dentro de los veinte días hábiles siguientes a la conclusión de dicha suspensión".

La CNH detalló que con las medidas contenidas en el Acuerdo, la Comisión da por atendidas todas las solicitudes que le fueron presentados por 25 operadores petroleros para suspender sus actividades por causa de \u2019fuerza mayor\u2019 o \u2018caso fortuito\u2019, derivado de la desaceleración económica y a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19.

Asimismo, se da por atendidas las 13 solicitudes de prórrogas en los periodos de las actividades de exploración y evaluación de campos petroleros.

El Acuerdo es de aplicación para todos los operadores que hayan expresado o consideren encontrarse en estos casos.

Este Acuerdo entra en vigor a partir de su publicación en el DOF, y la CNH notificará a los Operadores Petroleros mediante publicación en el mismo Diario la conclusión de la vigencia de dichas medidas.