OPINIÓN MINA MAGALLÓN

La nula protección de los derechos humanos del indocumentado

La Suprema Corte sustentó que está legalmente permitido el discriminar en base a la nacionalidad, pero está prohibido el discriminar en base a la raza.

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MigrantesCréditos: Cuartoscuro
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Colaboración de Mina Magallón

En la nota anterior comentamos brevemente el origen de la Décimo Tercera Enmienda constitucional conocida en EUA como Ley de Derechos Civiles, ratificada el 9 de abril de 1866. También conocida como la ley que otorga igualdad de derechos, traducida del inglés “equal rights” que establece en parte:

(a)  Declaración de igualdad de derechos.

Todas las personas que estén dentro de la jurisdicción de Estados Unidos tendrán los mismos derechos en cada uno de los Estados y territorios… de la misma manera y con el mismo alcance que se aplica al ciudadano blanco.  

Ahora revisaremos la interpretación que ha venido dando la Suprema Corte de Justicia a la mencionada Enmienda. No obstante, aunque la ley es clara y su lenguaje preciso al establecer la misma protección de derechos civiles “a todas las personas que se encuentren dentro de los Estados Unidos”, su interpretación ha ido evolucionando y cambiando con el tiempo. Hoy en día, los juzgados en EUA no se han puesto de acuerdo en su interpretación, ni en el alcance de su aplicación. No fue sino hasta 1968, en el asunto conocido como Jones v. Alfred H. Mayer Co. cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió que la Décimo Tercera Enmienda constitucional hace una clara distinción entre la discriminación en base a la raza de la persona, y a la discriminación en base a la nacionalidad de la persona. La Suprema Corte sustentó que está legalmente permitido el discriminar en base a la nacionalidad, pero está prohibido el discriminar en base a la raza. Esta resolución provocó el caos y una total confusión en el sistema legal de cómo se tenía que aplicar la interpretación que se le da a la Décimo Tercera Enmienda.  Absolutamente nadie entendía lo que quería decir la Suprema Corte con esta sentencia. No obstante, todos los juzgados se ven obligados a encontrar una respuesta, aunque no fuere lógica, ni natural a la pregunta de quién sí puede ser discriminado y quién no. En todas las instancias, todos los tribunales se ven obligados a interpretar y aplicar siguiendo el ilógico precedente que marcó la Suprema Corte. No es sino hasta 1976, que cuatro ministros de la misma Suprema Corte en el asunto conocido como Runyon v. McCrary critican la interpretación absurda que la Suprema Corte sustentó en el caso de Jones. Desafortunadamente, esta crítica solo representó la opinión de la minoría de votos y todos los juzgados en toda la Unión Americana están obligados a seguir haciendo la distinción que marcó la Suprema Corte en 1968 prohibiendo la discriminación por raza y autorizando la discriminación a los mexicanos debido a su nacionalidad. 

Posteriormente en 1990, en el asunto conocido como Bhandari v. First National Bank of Commerce, el Tribunal Federal de Apelación del Quinto Circuito resolvió Csin causarnos sorpresaC que la Décimo Tercera Enmienda constitucional no se aplica, ni podrá ser reclamada para remediar situaciones cuando una persona que no es ciudadano norteamericano sufre discriminación al no reconocerle los mismos derechos que a un ciudadano norteamericano, independientemente de que sea responsable de la conducta discriminatoria una empresa privada o un simple ciudadano. No obstante, el mencionado Tribunal no estaba de acuerdo con la interpretación que dio la Suprema Corte en el asunto de Jones, viéndose atado de manos y teniendo que dar la misma interpretación al caso de Bhandari explicando que el precedente establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en Jones debe de ser aplicado, pues de no hacerlo no existiría seguridad jurídica. El razonamiento que se ve obligado a aplicar el mismo Tribunal en el caso Bhandari es ilógico y, por tanto, erróneo ya que sustenta que la ley solo tiene obligación de proteger al que identifica como ciudadano y no al extranjero “alien”. Este razonamiento ignora que la Décimo Tercera Enmienda emana y trae consigo toda la justificación del historial que vimos en la nota anterior de la esclavitud, de la Guerra Civil, del derecho natural de todo ser humano para ser tratado igual, la lucha del Norte contra el Sur, la esclavitud contra la libertad, el blanco contra el negro, el humano contra la bestia, el amo contra el esclavo, el poderoso contra el débil. Mientras que la Suprema Corte de Justicia de la Nación norteamericana no revoque la sentencia pronunciada en 1968 en Jones, todos los juzgados tendrán que seguir interpretando la Décimo Tercera Enmienda de manera ilógica, inhumana y contra todos los inmigrantes indocumentados “aliens,” incluyendo a niños menores de edad que llegan solos a quien el mundo entero ve y escucha las grabaciones donde el menor de edad implora y llora desesperadamente y le ruega a la patrulla fronteriza la ayuden a encontrarse con su papá o si quiera con su tía. 

Vemos pues, como el indocumentado se encuentra en un completo desamparo y olvido a los ojos de la ley. Mientras no encuentre quién hable por ellos en el Congreso, promoviendo iniciativas de ley, o clarificando que la Décimo Tercera Enmienda de la Constitución de EUA también debe de ser aplicada al indocumentado, lo seguirán tratando como si no fuere un ser humano, sino meramente fuera una extraterrestre carente de derechos humanos.

Correo: mgmagallon@aol.com

X: @MinaMagallon